Los niños preferentes y prioritarios seguirán recibiendo las atenciones para mejorar sus aprendizajes intregrales

Ante la información que circula en las redes sociales respecto a recortes de carga horaria de profesionales no docentes de la Ley SEP que cumplen un trabajo específico con alumnos preferentes y prioritarios de las diferentes unidades educativas, la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Calama informa a la comunidad que el trabajo focalizado con los alumnos se mantendrá de igual forma como se ha hecho hasta ahora. Cabe recordar que la Ley asegura un plan de mejoramiento educativa para el proceso pedagógico y brinda las herramientas para llevarlo a cabo.

Es por ello que, con la finalidad de asegurar y mantener este apoyo es que se informó al Sindicato de Profesionales SEP de las reestructuraciones que se planificaron para el 2020 y han sido en tres oportunidades que se han discutidos los cambios que se realizaron este año a la ley que los considera como Asistentes de la Educación contratados como profesionales no docentes. Asimismo, los establecimientos educacionales son quienes desarrollan sus Planes de Mejoramiento Educativo (PME) y cuentan con las facultades de cambiar estrategias para ir mejorando los aprendizajes de los niños preferentes y prioritarios, donde pueden incorporar nuevas metodologías como charlas, talleres y también contratar o prescindir de los profesionales bajo Ley SEP, con el fin de buscar mejores resultados para los aprendizajes integrales de los niños.

En cuanto al tipo de contratación de los profesionales, son a plazo fijo debemos hacer presente que el tipo de contratación depende de los PME en orden a si estos apoyos son necesarios y van desde el inicio hasta el término del año escolar. Ante esto, la Corporación no puede justificar, bajo ninguna forma, su contratación para los meses de enero y febrero, lo anterior iría en desmedro de los niños y niñas. Comdes no puede asegurar la estabilidad laboral de quienes cumplen labores específicas, éstas pueden variar de acuerdo a las necesidades que evalúa el correspondiente equipo de gestión de los establecimientos educacionales.

La ley SEP, tampoco contempla mejoras en remuneraciones debido a que los recursos otorgados son para uso de todos los establecimientos que cuentan con los alumnos preferentes y prioritarios y, en definitiva, no se puede entregar estabilidad laboral, ya que los dineros percibidos son exclusivos para satisfacer las necesidades de mejoramiento del proceso educativo de los estudiantes.

Por lo anterior la estabilidad laboral que persiguen los profesionales contratos por ley SEP, necesariamente requieren de una modificación de índole legal y no dependen de la simple voluntad del sostenedor.

Finiquito

La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Calama, informa a la comunidad que,  se publicó la Ley N° 21.109, conocida como  la “Ley de Asistentes de la Educación” la que introdujo una serie de modificaciones, uno de ellos es que, los profesionales no tenían derecho al receso de invierno, por lo que estaban obligados a concurrir a trabajar durante las dos semanas de vacaciones de los establecimientos educacionales, sin embargo, con la modificación,  gozan de esta derecho al igual que los docentes.

Esta situación origina que una vez terminado su periodo de contratación obtengan un finiquito cero, debido a que años anteriores se les pagaba vacaciones proporcionales al término de la relación laboral.

Para el próximo año, la Corporación realizará las contrataciones de estos profesionales a partir del mes de marzo hasta noviembre y solo casos excepcionales tendrán fecha de término en diciembre. Pese a ello, lamentamos la desinformación que se ha generado, donde se acusa una campaña del terror y hostigamiento a quienes cumplen una importante labor en el trabajo focalizado de los niños preferentes y prioritarios. Sin embargo, queremos dejar en claro que, no es política de Comdes perseguir ni tomar represalias a quienes manifiestan su sentir y buscan mejorar sus condiciones laborales.

Por último, la Corporación no ha recibido ninguna denuncia ni sanción por parte de la Superintendencia de Educación al llevar las contrataciones y gastos bajo ley SEP con los procedimientos emitidos desde la misma institución.

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